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Los derechos de la mujer en la
Constitución Reformada

Informe sobre la normativa relacionada con los derechos de la mujer incorporada a la Constitución Nacional en la reforma de 1994. La introducción de cláusulas que reconocieran los derechos de las mujeres en la Constitución fue una preocupación compartida por el Consejo Nacional de la Mujer, mujeres representantes de los partidos políticos, legisladoras, académicas y juristas, desde mucho tiempo antes que el Congreso Nacional sancionara la ley que declaraba la necesidad de la reforma.

De cara al nuevo derecho internacional y al reconocimiento de los derechos humanos en las modernas constituciones, se apoyó la propuesta para que se considerara la jerarquización dentro del ordenamiento jurídico argentino, de los tratados y convenciones internacionales sobre derechos humanos.

El Consejo Nacional de la Mujer convocó a la Comisión de Mujeres Representantes de los Partidos Políticos a efectos de acordar una serie de actividades a realizar en relación a este tema. Se consensuaron propuestas comunes en base a las presentadas por el Consejo y las mujeres de los distintos partidos políticos, se elaboró una estrategia de trabajo con los/ las Constituyentes.

La Reforma Constitucional de 1994 ha significado un importante avance cualitativo en el reconocimiento de los derechos de las mujeres, ya que ha asignado a la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer la mayor jerarquía en la pirámide legal.

En el artículo 75 inc. 22 de la Constitución Nacional se menciona que todos los tratados de derechos humanos allí incorporados tienen jerarquía constitucional y deben entenderse complementarios de los derechos y garantías reconocidos en el texto constitucional, dejando abierta la posibilidad de que se incorporen otros instrumentos de derechos humanos, mediando aprobación por mayorías especiales en el Congreso Nacional.

La Reforma Constitucional de 1994 ha consagrado otros avances:

* La garantía del pleno ejercicio de los derechos políticos mediante la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios mediante acciones positivas en la regulación de los partidos políticos y el régimen electoral. (Artículo 37).

De esta manera, la Asamblea Constituyente reflejó en el texto constitucional la experiencia acumulada por las mujeres en el seguimiento e implementación de la Ley de Cupos (Ley N° 24012)

* La facultad del Congreso Nacional de promover medidas de Acción Positiva en relación a las mujeres que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución y los Tratados Internacionales (Art. 75 inc 23).

* El dictado de un régimen de seguridad social especial e integral de protección del niño en situación de desamparo, desde el embarazo hasta la finalización del período de enseñanza elemental y de la madre durante el embarazo y tiempo de lactancia, constituye un supuesto particular de esta facultad reconocida expresamente en sus disposiciones.

El haber logrado estos avances es el resultado del trabajo de mujeres que trabajaron a nivel institucional, de las integrantes de la Asamblea Constituyente, de las representantes de los partidos políticos y de la sociedad, que lograron crear una real articulación para alcanzar los objetivos.

 


¿Qué es el CNM?

El Consejo Nacional de la Mujer es el espacio gubernamental responsable del cumplimiento, en todo el país, de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, ratificada por Ley 23.179 que tiene rango constitucional.
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¿Que es el Programa Federal de la Mujer?
El Programa Federal de la Mujer es un Programa de igualdad estructural que apunta al fortalecimiento institucional de áreas mujer de todos los niveles.
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