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ACUERDOS SOBRE LINEAMIENTOS
GENERALES CON RESPECTO A LA REFORMA POLÍTICA Y SU IMPACTO
EN LA REPRESENTACION DE LAS MUJERES
En el plenario de la Segunda
Reunión Anual del Consejo Federal de la Mujer, del CNM, con
la presencia de las Consejeras Federales y representantes
de las áreas mujer de las provincias de Buenos Aires, Entre
Ríos, Santa Fe, Misiones, San Juan, Salta, La Rioja, Catamarca,
Río Negro, Neuquén, La Pampa, y la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, se acordó el siguiente documento:
Con respecto
a la Reforma Política se trabajó sobre el documento presentado
por el Consejo Nacional de la Mujer " Bases para la Perspectiva
de Género en la Reforma Política" elaborado con aportes de
la Subsecretaría de la Reforma Institucional y Fortalecimiento
de la Democracia, el Consejo Nacional de la Mujer y diversas
organizaciones de mujeres de la sociedad civil.
En el plenario, luego del análisis
y discusión del mencionado documento, de los aportes sobre
las experiencias locales de las Consejeras y de las diversas
propuestas de modificaciones de las leyes a nivel de las provincias,
se acordó que se compartían los principios generales del mismo,
incluyendo algunos aportes aclaratorios:
Participación de la Mujer
La Reforma del Sistema Político,
entendemos, exige un debate profundo acerca de los cambios
que producirá en el sistema de representación y en la distribución
del poder entre las provincias con la Nación y de éstas entre
sí, y entre los distintos grupos de intereses que componen
la sociedad, tomando en consideración la distribución geográfica.
Debemos plantear la preocupación
por los efectos posibles que tendría la Reforma Política en
relación con el retroceso de los derechos políticos de las
mujeres y de las minorías políticas.
Lineamientos Generales
y Propuestas
- El desarrollo del sistema democrático
supone un protagonismo central y responsable de los partidos
políticos. La renovación de la política requiere tanto el
fortalecimiento de los partidos como la integración de las
nuevas formas de representación y participación de la ciudadanía.
- La equidad de género debe estar
puesta en cada paso del proceso de la reforma política,
tanto a nivel nacional como provincial.
- La base de igualdad de oportunidades
entre las mujeres y varones debe tenerse en cuenta a la
hora de plasmar cualquier modificación de nuestras instituciones
y de sus reglas.
- Ninguna reforma, cualquiera sea
su índole, puede ir en detrimento de los pisos establecidos
en la Constitución Nacional (art. 37 y disposición transitoria
2), respecto a la representación de las mujeres.
- La eliminación de los "sobregastos
de la política", no debe implementarse mediante la reducción
de representación legislativa. Creemos que la reducción
en el número de los/as legisladores/as nacionales y provinciales
no es la solución ya que limita el efectivo ejercicio democrático
y la representación de las mujeres y de las minorías. Por
otro lado, no elimina de ninguna manera los llamados "sobregastos"
que se generan por otras causas.
- Se sostiene que el problema clave
está dentro de los partidos políticos, en su funcionamiento,
representatividad y en su financiamiento. En consecuencia,
resulta imprescindible la reglamentación del art. 37 de
la Constitución Nacional:
"Esta Constitución garantiza
el pleno ejercicio de los derechos políticos, con arreglo
al principio de la soberanía popular y de las leyes que
se dicten en consecuencia. El sufragio es universal, igual,
secreto y obligatorio. La igualdad real de oportunidades
entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos
y partidarios se garantizará por acciones positivas en la
regulación de los partidos políticos y en el régimen electoral".
Disposición transitoria:
Segunda: Las acciones positivas a que alude el art.
37 en su último párrafo no podrán ser inferiores a las vigentes
al tiempo de sancionarse esta Constitución y durarán lo
que la ley determine (corresponde al art. 37).
De esta manera se garantizan dos aspectos
fundamentales:
La democratización del funcionamiento
de los Partidos Políticos a través de mecanismos en la elección
de autoridades partidarias y listas de candidatos, que garanticen
la representatividad y la transparencia.
En el caso de las internas abiertas
y simultáneas, cualquiera sea su metodología (tachas, preferencias,
uninominal, binominal, etc.), la lista definitiva debe garantizar
el cumplimiento de la cláusula constitucional aludida en
el presente punto.
- Financiamiento de los partidos políticos: Los partidos
deberán destinar en forma proporcional, según el número
de afiliados por género, el monto que reciban en concepto
de aporte anual para desenvolvimiento institucional al financiamiento
de actividades de capacitación para la función pública,
formación de dirigentes, etc. El cincuenta por ciento (50%)
como mínimo del total del monto correspondiente a cada partido
o alianza, deberá ser aplicado a la campaña de cada uno/a
de los candidatos/as en forma directamente proporcional
a la probabilidad de resultar electos/as." Los partidos
deben establecer mecanismos de contralor que posibiliten
el acceso de afiliados/as y de ciudadanos/as a los informes
de gastos.
- En el caso de que avance, a nivel nacional o provincial,
propuestas que limiten en la práctica la participación de
las mujeres, se continuarán analizando otras medidas, como
por ejemplo, promover un aumento del porcentaje del cupo
a un 50%, tendiente a garantizar los espacios conseguidos
hasta el presente.
- Cada una de las representantes provinciales se compromete
a generar, en sus respectivas jurisdicciones, ámbitos de
discusión con la participación de mujeres políticas, universitarias
y militantes sociales, a fin de unificar esfuerzos a nivel
nacional y local.
A continuación firman las integrantes del Consejo Federal
presentes.
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